Beneficios fiscales y económicos de las energías renovables para empresas
05 julio, 2023
Los beneficios o incentivos fiscales son tratamientos particulares que el Estado otorga a ciertas actividades o regiones, de manera que resulten atractivos para la inversión, ayudándoles a que se desarrollen.
El impacto de las medidas que se toman sobre la fiscalidad en materia de energías renovables para empresas, no solo afecta a la recaudación, sino a la sociedad de forma directa en todo su conjunto, ya que estas energías son la apuesta de un futuro sostenible y respetuoso con el medio ambiente.
En la actualidad sigue siendo más fácil y barato consumir energías fósiles, por lo que si no existen normas que, mediante beneficios fiscales, reduzcan el impacto en las empresas que se preocupan por el cuidado y conservación del medio ambiente, cada vez serán menos las organizaciones que decidan decantarse por las energías renovables.
Los incentivos fiscales a las empresas por usar energías renovables no pueden establecerse en un solo país, ya que esto incrementa el riesgo de que la competencia sea desigual y que, por motivos de precios, se sustituyan los productos de dichos países por los de otros donde la normativa no sea tan restrictiva. La consecuencia de esto sería desincentivar a las empresas a adoptar medidas que beneficien al medio ambiente. Por eso es fundamental que se establezcan políticas e incentivos globales, para que todos los países persigamos la misma meta de fomento en el uso de energías renovables.
La importancia de fomentar el uso de las energías renovables para empresas
Una energía renovable es aquella que procede de fuentes de energías primarias y que se caracteriza por ser inagotabley no contaminante. Este es el caso por ejemplo, de la energía eólica y la energía solar.
El cuidado del medio ambiente y la lucha contra el cambio climático es hoy en día una prioridad para los ciudadanos y los gobiernos. El límite en la disponibilidad de los combustibles fósiles y las emisiones de gases de efecto invernaderohacen necesario que cuidemos de nuestro entorno y que el cambio de modelo energético se lleve a cabo lo antes posible. Para ello, las energías renovables son de gran relevancia, ya que son capaces de resolver todos los problemas asociados a las energías de origen fósil.
Otro factor que ha influido favorablemente en el incremento del uso de las energías renovables, es el incesante aumento de los precios de la electricidad que hemos sufrido durante estos últimos años. Muchas empresas y particulares han decidido decantarse por la utilización de este tipo de energías limpias, y por ser independientes y autosuficientes energéticamente.
Beneficios fiscales por el uso de energías renovables para empresas
Los incentivos fiscales causan un impacto directo en el proceso de transición energética, afectando a la competencia comercial con empresas del exterior y a la eliminación de la dependencia de terceros países. Además, es un instrumento fundamental a la hora de hacer a la población partícipe de dicho proceso.
Veamos a continuación algunos de los incentivos fiscales más importantes con los que contamos en nuestro país actualmente por usar energías renovables en las empresas.
Real Decreto-ley 18/2022
El Real Decreto-ley 18/2022 del Plan+SE ha introducido importantes cambios a nivel fiscal en lo referente a energías renovables, afectando en especial a las empresas y que recoge, como medida 55, el despliegue de incentivos fiscales para la transición energética, dirigidos a adoptar soluciones que permitan sustituir el uso de combustibles fósiles por energías renovables y la reducción de la dependencia energética exterior.
Mediante esta normativa se introduce en el Impuesto de Sociedades la posibilidad de amortizar las inversiones destinadas a la instalación de autoconsumo y que sean destinadas al autoconsumo de energía eléctrica, así como las instalaciones para uso térmico de consumo propio. La energía que utilicen las empresas deberá proceder de energías renovables y sustituir las instalaciones que utilicen energía de origen fósil. Además, se exige mantener a la plantilla de trabajadores durante dos años. Si esto no se cumple, el empresario tendrá que devolver la cuantía amortizada con los intereses correspondientes.
No se podrán acoger a este incentivo los inmuebles en los que sean obligatorias las instalaciones de autoconsumo solar o térmico, en virtud de la normativa del Código Técnico de la Edificación, salvo que tengan una potencia nominal superior a la mínima exigida. En tal caso, se podrá amortizar libremente la parte del coste de la instalación proporcional a la potencia instalada por encima de ese mínimo exigido.
Estas instalaciones deberán entrar en funcionamiento en 2023 y la cuantía máxima de la inversión que se podrá beneficiar del régimen de libertad de amortización será de 500.000 euros.
Ley 31/2022, de 23 de diciembre
La Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, posibilita amortizar aceleradamente las inversiones en vehículos eléctricos nuevos definidos como FCV, FCHV, BEV, REEV o PHEV, en función del coeficiente que resulte de multiplicar por dos el coeficiente de amortización lineal máximo previsto en las tablas de amortización oficialmente aprobadas.
Este incentivo está condicionado a que los vehículos estén afectos a actividades económicas y a que entren en funcionamiento en los períodos impositivos que se inicien en los años 2023, 2024 y 2025. De esta forma se intenta fomentar la circulación de vehículos más respetuosos con el medio ambiente y la adquisición de un mayor número de vehículos eléctricos.
Fondos Europeos para el Autoconsumo
Cada Comunidad Autónoma ofrece ayudas económicas procedentes de la Unión Europea para la instalación de placas solares. Estas ayudas europeas pueden llegar a cubrir hasta un 40% del coste de la instalación, el único requisito que se exige es que la empresa deberá consumir al menos el 80% de la energía que genere en su cómputo total anual. Estas ayudas engloban descuentos en el IRPF, en el IBI y en el ICIO, así como ayudas directas.
Se puede acceder a las subvenciones (programas de incentivos 1, 2 o 3) si la actividad económica se encuentra en los grupos del G al S de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE). Siempre y cuando no se sea una administración pública.
En el caso de ser una industria o del sector agropecuario (programa 2), se deberá formar parte del grupo A01 (excepto el 017 – Caza, captura de animales y servicios relacionados con las mismas) o del B al F.
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