¿Cuánto cuesta dar de alta la luz en un local comercial?
09 marzo, 2023
Si acabamos de instalarnos en un nuevo local, una de las primeras cosas que debemos hacer es dar de alta la luz o cambiar el titular del contrato. Es importante saber que desde el momento en el que procedamos a contratar el suministro eléctrico con la comercializadora elegida, se deberán satisfacer también los derechos de acceso, enganche y verificación, según los precios vigentes. Hay que destacar que el precio por dar de alta la luz en un local comercial es el mismo para todos los ciudadanos de nuestro país, con independencia del lugar en el que se encuentren.
Por lo tanto, a la hora de dar de alta la luz habrá que pagar por los siguientes conceptos:
- Derechos de acceso: Son los que cubren el coste por el uso de la red de transporte eléctrica.
- Derechos de enganche: Son los que cubren los costes de conectar la red eléctrica de la distribuidora al punto de suministro del local comercial.
- Derechos de verificación: No se pagan si se presenta la documentación precisa, boletín del instalador o proyecto de ingeniero según corresponda.
Veamos a continuación cuáles son los pasos que debemos seguir cuando queremos dar de alta la luz en un local y qué documentación debemos presentar.
Pasos para dar de alta la luz en un local comercial
Es importante tener en cuenta que la solicitud de alta de la luz en un local comercial que ya tiene acometida eléctrica debe ser efectuada por la persona que vaya a ser la titular del suministro eléctrico. Es un trámite muy sencillo de realizar, ya que solo es necesario ponerse en contacto con la comercializadora con la que se quiera hacer el contrato y seguir los siguientes pasos:
- Elegir la tarifa que se desee contratar.
- Elegir la potencia eléctrica que necesitemos.
- La comercializadora hará llegar la solicitud a la distribuidora para que envíe a un técnico a instalar el contador en el local comercial.
- El técnico entregará el Boletín de instalación eléctrica y la luz quedará dada de alta.
En el caso de solicitar una nueva acometida eléctrica deberemos seguir los siguientes pasos:
- Solicitar el Boletín Eléctrico o Certificado de Instalación Eléctrica (CIE) para demostrar que la instalación cumple con la normativa vigente y es apta para recibir suministro eléctrico.
- Ponerse en contacto con la compañía eléctrica para solicitar el alta de la luz con los documentos requeridos.
- La comercializadora enviará los documentos a la distribuidora para que dé el visto bueno y autorice el suministro.
- Una vez que la distribuidora ha autorizado el suministro activa el contador de la luz y aproximadamente en un periodo de unos 8 días hábiles podremos disfrutar del suministro.
- Pagar los derechos del alta en la siguiente factura de la luz.
Documentación necesaria para dar de alta la luz de un local comercial
Para dar de alta la luz en un local comercial es necesario aportar una serie de documentos a la comercializadoraeléctrica con la que vayamos a contratar la luz:
- Número de identificación fiscal.
- Datos del titular del contrato.
- Dirección del local que se quiere dar de alta.
- Título de propiedad o contrato de alquiler del local.
- Número de cuenta bancaria para la domiciliación de los pagos.
- Código Unificado del Punto de Suministro (CUPS).
- Potencia eléctrica en kW que se quiere contratar.
- Boletín eléctrico.
Como ya hemos adelantado, es fundamental comprobar si en el local hubo suministro anterior, porque en caso de que no haya tenido, deberemos llevar a cabo la acometida de la luz. Este trámite consiste en enganchar la instalación eléctrica con el local y la red de distribución. En este caso y para poder activar la instalación eléctrica en un local, necesitaremos un Certificado de Instalación Eléctrica (CIE) o BRIE si estamos en Cataluña. En este documento aparecen los siguientes datos:
- Datos del titular.
- Dirección del local comercial.
- Empresa distribuidora.
- Características de la instalación.
- Potencia eléctrica contratada.
- Potencia máxima admisible.
- Plano de la instalación eléctrica con los elementos a tener en cuenta.
Los casos en que se necesita el CIE son los siguientes:
- Para dar de alta la electricidad en un inmueble.
- Para aumentar la potencia que supera a la potencia que figura en el boletín.
- Para realizar un enganche o alta en un inmueble que haya tenido un corte de suministro y cuyo CIE tenga más de 20 años.
Con el CIE y la acometida ya realizada, la distribuidora nos asignará un código CUPS que sirve para identificar el punto de suministro. Este número será siempre el mismo, independientemente de que se cambie de compañía o de titular.
Qué potencia contratar
Entendemos por potencia eléctrica la cantidad de energía que consume un local en función de los aparatos eléctricos que se tengan en él. Por lo tanto, a mayor número de aparatos conectados, mayor será la potencia consumida.
Es fundamental elegir el término de potencia adecuado a las características de la instalación, así como de las necesidades de consumo del local comercial. De lo contrario, podemos tener problemas de corte de suministro o pagar más por una potencia superior que no necesitemos ni utilicemos.
Para calcular la potencia eléctrica que necesitamos para nuestro local comercial, lo primero es comprobar si nuestra instalación es monofásica o trifásica. Una vez lo sepamos tendremos diferentes maneras de calcular la potencia:
- Contactar con un electricista que nos indique la potencia que necesita el local comercial.
- Emplear una calculadora online de potencia eléctrica.
- Calcular manualmente la suma de todos los kW que consume cada aparato del establecimiento.
No obstante, si la potencia contratada no corresponde con la que necesitamos, podemos solicitar una reducción o aumento de la misma. Será el técnico electricista quien se encargue de cambiar el Interruptor de Potencia (ICP).
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